Andrea de Faria Freire
Tradutora Publica e Intérprete Comercial Inglés - Portugués
Matrícula en la JUCESP nº 618 - RG 18.810.751-4 - CPF159.072.538-78 - CCM 2.293.287-9
Traducción nº A-1451 Libro nº 5 Hoja nº 1
POR ESTE MEDIO CERTIFICO que el texto que sigue es una traducción de undocumento originalmente escrito enportugués yque, de aquí en adelante, dice así:
Archivos 201002478728
SENTENCIA
La presente es un requerimiento de actuación por repetidos daños morales yprecepto conminatorio, con petición de medidas por adelantado, mediante el cualel demandante, abogando por sí mismo, presenta sus motivos y temores de dañosirreparablesasuimagen, así como también aspira a frenar los abusospracticados por usuarios de Internet, cuyos documentos adjuntos a los archivosjustifican un temor razonable por aún más graves daños; los requerimientos para
la concesión de las medidas son presentados.
Así, en vista de los argumentos incluidos en el escrito de queja y los documentos que lo instruyeron. Por este medio CONCEDO AUXILIO INMEDIATO determinando que el demandado proporcione la completa identificación junto a
su respectiva eligibilidad del creador y el administrador del sitio web ofensivo, el Sr. XXX, y demás autores de los contenido ofensivos, así como de los otros miembros del sitio web, que también hicieron comentarios ofensivos sobre el demandante, bajo la pena de pagar una multa de BRL 100.000,00 (cien mil reais, "Equivale a 40.000 €".) en caso de incumplimiento.
También concedo la petición de los demandantes de medidas por adelantado en el sentido que se exige al demandado parar inmediatamentela propagacióndel contenido de todas las publicaciones que ofenden al demandante, también determinando que el proveedor del servicio del instado NO PERMITA LA PROPAGACIÓN ADICIONAL, bajo ningún sitio o blog que aloje, que ofendan el honor de imagen y la dignidad del demandante y todos sus derechos de su personalidad, por el mismo u otros usuarios, cuya prohibición incluirá toda mención, incluida en los índices de materias de las páginas, conteniendo oraciones, palabras y cualquier indicación peyorativa que ofenda al demandante, con el cierre total de http://www.lagnosisdevelada.com y también se impida de la creación de otros sitios webs con contenido de la misma naturaleza.
Que las CARTAS DE EXHORTACIÓN, ESCRITO DE DEMANDA Y DE AVISO LEGAL que hande cumplirse sea publicado en el lugar y la dirección mencionada,específicamente en la página 3 de esta Ley, todo de acuerdo al escrito de queja para ser cumplido en el lugar ya mencionado y dirección, expresamente en la página 3 del presente, de acuerdo al informe de demanda.
Acátese.
Goiánia, el 7 de julio 2010.
(firma ilegible) Eudélcio Machado Fagundes. Juez Estatal
Y finalmente certifico que, en base a mi conocimiento, la traducción anterior es cierta. En fe de lo cual, he aquí mi firma y sello.
Sao Paulo, 12 de julio 2010.